La reforma laboral fija índices distintos para actualizar juicios laborales en trámite a su vigencia y posteriores, y la Corte avaló la ley
La Corte Suprema de Justicia estableció que los jueces del Trabajo están obligados a aplicar la tasa de actualización para juicios en trámite a la entrada de la vigencia de la Ley de Modernización Laboral que estipula el artículo 55, o sea, la tasa pasiva del Banco Central.
Muchos fallos de la Cámara del Trabajo aplican IPC más 3%, que es la tasa del artículo 56 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral para los juicios nuevos, y que da una mayor actualización.
En el fallo "Cabana Opanasiuk, Leonardo c/ Unir SA y otros s/ despido", del 5 de noviembre, la Corte resolvió en forma conjunta 8 causas por despido: Cabana Opanasiuk, Ramírez, Ramos, Romero, Riaudo, Sawicki, Sosa y Suraci.
"En esa decisión, la Corte Suprema aporta certeza respecto del mecanismo de actualización de los créditos laborales de juicios en trámite, resolviendo que debe aplicarse artítulo 55 de la Ley de Modernización Laboral, o sea, la tasa pasiva del Banco Central", indica Luis Discenza, socio de AZDR Abogados.
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